978-987-1769-08-7 - SUEIRO, CARLOS CHRISTIAN

Los paradigmas del derecho penal. Sobre la armonía metodológica del Derecho Penal. La interdisciplinariedad de la Penología, La Criminología, La Dogmática, El Derecho Procesal Penal y la Política Criminal. 2011. Págs. 648.

Introducción. Marco filosófico-epistemológico. Penología o fundamentación de la pena. Teorías Legitimantes de la pena o del castigo. Teorías Absolutas. La Teoría de la Retribución en sentido estricto. (Teoría de la Retribución Moral & la Teoría de la Retribución Jurídica). La Teoría de la Retribución Divina. La Teoría de la Retribución Estética. La Teoría de la Expiación. La Teoría de la Reparación. Teorías Relativas. La Teoría de la Prevención Especial Positiva. La Teoría Correccionalista. La Teoría de la Prevención Especial Negativa. La Teoría de la Prevención General Negativa. La Teoría Contractualista. La Teoría de la Defensa Indirecta. La Teoría de la Prevención General Positiva o Integración Prevención. La Teoría Consensual. La Teoría Victimojustificante de la pena. Teorías Mixtas, Eclécticas o de la Unión. La Teoría Dialéctica de la Unión. La Teoría de la diferenciación de Schmidhäuser. La Teoría Funcional de la Retribución o Retributiva Funcional. La Teoría Preventiva de la Unión de Jürgen Baumann. (prevención especial y prevención general.) La Teoría de la Retributiva de la Unión de Adolf Merkel. (retribución y prevención general.) La Teoría Retributiva de la Unión de Reinhart Maurach. (retribución & prevención especial.) Las Teorías Deslegitimantes de la pena. La Posición crítica de la filosofía de Friedrich Nietzsche. La Teoría Negativa o Agnóstica de la pena. Derecho Penal Mínimo o Minimalismo. El Abolicionismo Penal. (El Abolicionismo Escandinavo, la Política Criminal de tolerancia Holandesa el Abolicionismo Leninista o Comunista) Criminología. La Escuela Clásica. La Escuela Positiva. La Escuela Positiva Austriaca. La Escuela Positiva Francesa. La Escuela Positiva en la ex Unión de Repúblicas Socialista Soviética. (La Criminología Socialista o la Criminología Marxista). La Escuela Positiva en la República Argentina. La Escuela Sociológica. La Criminología Crítica. (Escuela del “Labelling Approach”, Control Social o Reacción Social y Las Teorías del Conflicto.) La Criminología Crítica y su vinculación con la Antigua Victimología. La Nueva Criminología. El Realismo de Derecha. El Realismo de Izquierda. La Nueva Victimología y el Realismo de Izquierda. La Anticriminología. DOGMÁTICA. El Causalismo. El Neocausalismo. Las Teorías del Error en el Causalismo y el Neocausalimo. La Teoría del Dolo Estricta: (Causalismo). (La conciencia actual del ilícito como componente del dolo). La Teoría Limitada o Restringida del Dolo: (Neocausalismo). (La conciencia potencial del ilícito como componente del dolo). El Finalismo. (Finalismo Clásico-Finalismo Monista y Finalismo Alternativo). La Teoría del Error en el Finalismo. La Teoría Estricta de la Culpabilidad (Finalismo). (La conciencia potencial de la ilicitud como componente de la culpabilidad). El Postfinalismo o Subjetivismo. Funcionalismo. El Funcionalismo Sistemático y la dogmática orientada a la política criminal. (La Teoría del Delito orientada Político-criminalmente). El Funcionalismo Sistémico (La Teoría del derecho penal Monista-Normativa). El Funcionalismo Orientado a las Consecuencias (El Individualismo Monista de la “Escuela de Frankfurt”). El Funcionalismo sin Consecuencias. (La Dogmática sin Consecuencias de Bernd Schünemann). El Funcionalismo Teleológico. (Sistema Teleológico de Eberhard Schmidhäuser). La Teoría del Error en el Finalismo monista, Postfinalismo y Funcionalismo. La Teoría Limitada o Restringida de la Culpabilidad. (Finalismo Monista, Post-Finalismo y Funcionalismo). (La conciencia potencial de la ilicitud entre el dolo y la culpabilidad). El Juicio de evitabilidad del Error desde una Perspectiva Funcionalista. (Las Tesis del Deber General de Información, El Esfuerzo de Conciencia y la Afectación a Principios Básicos de Ética Social). Finalismo Reductor. (La Dogmática Finalista Reductora del Poder Punitivo como consecuencia de una base Penológica Agnóstica). Derecho procesal penal. Sistema Inquisitivo. Sistema Acusatorio. Sistema Mixto. Los Principios del Derecho Penal que debe proteger e instrumentar un Sistema Garantista. Principio de Legalidad Penal. Principio de Culpabilidad. El Principio de Humanidad de las Penas. El Principio de Utilidad de la intervención penal. El Principio de Subsidiariedad, Mínima intervención y carácter fragmentario del Derecho Penal. El Principio de Proporcionalidad. El Principio de Lesividad. El Principio de intrascendencia o trascendencia mínima. El Principio de Prohibición de Doble Punición. Los principios del Derecho Procesal Penal que debe proteger e instrumentar. Sistema Garantista. Principio de Oficialidad. Principio de Legalidad Procesal. Principio de Oportunidad. Principio Acusatorio. Principio de Inocencia. In dubio pro reo. Onus Probandi. Principio de Defensa en Juicio. Principio de inadmisibilidad de la persecución penal múltiple. (Ne bis in idem). Identidad personal. Identidad objetiva. Identidad de la causa de persecución. Principio de Verdad Material. Juicio Previo (Nulla poena sine iuditio). El principio de publicidad. El principio de oralidad. El principio de inmediación. El principio de identidad física del juzgador. Principio de poder controlar la

función judicial mediante el recurso. Principio de Autonomía de la Víctima. Política criminal. Modelo Autoritario. Modelo Liberal. Modelo Igualitario o Jus–Humanista o Modelo Político Criminal Alternativo. Los Discursos Político Criminales en particular. La Administrativización del Derecho Penal. (El vehículo y la herramienta interdisciplinaria. El Derecho Penal de Emergencia). El Panpenalismo, la expansión del derecho penal o el derecho penal de segunda velocidad. (El Derecho Penal Simbólico como vehículo de la Expansión Punitiva). El Derecho Penal del Enemigo o Derecho Penal de tercera velocidad. El Neopunitivismo o Derecho Penal de Cuarta Velocidad. (El discurso Nihilista del saber penal y la captación contraselectiva del Poder Punitivo). Los paradigmas del derecho penal. La Armonía Metodológica del Derecho Penal. (La interdisciplinariedad de la Penología, la Criminología, la Dogmática, el Derecho Procesal Penal y la Política Criminal). Enumeración y desarrollo de los Paradigmas del Derecho Penal. Autoritarismo Clásico (La religión y el contractualismo como delimitadores del Derecho Penal.). Autoritarismo Positivista (La Filosofía Idealista, la Epistemología del Positivismo Lógico y la creencia ciega en el método científico de las Ciencias Duras, como delimitadores del Derecho Penal.). Autoritarismo Sociológico. (El método científico de las ciencias blandas, sociales, humanas o del espíritu como delimitadoras del Derecho Penal) Autoritarismo Crítico (El Nihilismo Filosófico, la pauperización del discurso punitivo y una Política Criminal declamatoria como delimitadores del Derecho Penal). Liberalismo Sociológico (El método científico de las ciencias blandas o sociales al servicio de la política criminal liberal como delimitadora del Derecho Penal). F) Igualitarismo Jus-Humanista Crítico (La Filosofía Realista, el Falsacionismo, el Consensualismo y el Anarquismo Epistemológico como rectores y delimitadores del Derecho Penal)

Los paradigmas del derecho penal. Sobre la armonía metodológica del derecho penal. La interdisciplinariedad de la penología.

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Los paradigmas del derecho penal. Sobre la armonía metodológica del Derecho Penal. La interdisciplinariedad de la Penología, La Criminología, La Dogmática, El Derecho Procesal Penal y la Política Criminal. 2011. Págs. 648.

Introducción. Marco filosófico-epistemológico. Penología o fundamentación de la pena. Teorías Legitimantes de la pena o del castigo. Teorías Absolutas. La Teoría de la Retribución en sentido estricto. (Teoría de la Retribución Moral & la Teoría de la Retribución Jurídica). La Teoría de la Retribución Divina. La Teoría de la Retribución Estética. La Teoría de la Expiación. La Teoría de la Reparación. Teorías Relativas. La Teoría de la Prevención Especial Positiva. La Teoría Correccionalista. La Teoría de la Prevención Especial Negativa. La Teoría de la Prevención General Negativa. La Teoría Contractualista. La Teoría de la Defensa Indirecta. La Teoría de la Prevención General Positiva o Integración Prevención. La Teoría Consensual. La Teoría Victimojustificante de la pena. Teorías Mixtas, Eclécticas o de la Unión. La Teoría Dialéctica de la Unión. La Teoría de la diferenciación de Schmidhäuser. La Teoría Funcional de la Retribución o Retributiva Funcional. La Teoría Preventiva de la Unión de Jürgen Baumann. (prevención especial y prevención general.) La Teoría de la Retributiva de la Unión de Adolf Merkel. (retribución y prevención general.) La Teoría Retributiva de la Unión de Reinhart Maurach. (retribución & prevención especial.) Las Teorías Deslegitimantes de la pena. La Posición crítica de la filosofía de Friedrich Nietzsche. La Teoría Negativa o Agnóstica de la pena. Derecho Penal Mínimo o Minimalismo. El Abolicionismo Penal. (El Abolicionismo Escandinavo, la Política Criminal de tolerancia Holandesa el Abolicionismo Leninista o Comunista) Criminología. La Escuela Clásica. La Escuela Positiva. La Escuela Positiva Austriaca. La Escuela Positiva Francesa. La Escuela Positiva en la ex Unión de Repúblicas Socialista Soviética. (La Criminología Socialista o la Criminología Marxista). La Escuela Positiva en la República Argentina. La Escuela Sociológica. La Criminología Crítica. (Escuela del “Labelling Approach”, Control Social o Reacción Social y Las Teorías del Conflicto.) La Criminología Crítica y su vinculación con la Antigua Victimología. La Nueva Criminología. El Realismo de Derecha. El Realismo de Izquierda. La Nueva Victimología y el Realismo de Izquierda. La Anticriminología. DOGMÁTICA. El Causalismo. El Neocausalismo. Las Teorías del Error en el Causalismo y el Neocausalimo. La Teoría del Dolo Estricta: (Causalismo). (La conciencia actual del ilícito como componente del dolo). La Teoría Limitada o Restringida del Dolo: (Neocausalismo). (La conciencia potencial del ilícito como componente del dolo). El Finalismo. (Finalismo Clásico-Finalismo Monista y Finalismo Alternativo). La Teoría del Error en el Finalismo. La Teoría Estricta de la Culpabilidad (Finalismo). (La conciencia potencial de la ilicitud como componente de la culpabilidad). El Postfinalismo o Subjetivismo. Funcionalismo. El Funcionalismo Sistemático y la dogmática orientada a la política criminal. (La Teoría del Delito orientada Político-criminalmente). El Funcionalismo Sistémico (La Teoría del derecho penal Monista-Normativa). El Funcionalismo Orientado a las Consecuencias (El Individualismo Monista de la “Escuela de Frankfurt”). El Funcionalismo sin Consecuencias. (La Dogmática sin Consecuencias de Bernd Schünemann). El Funcionalismo Teleológico. (Sistema Teleológico de Eberhard Schmidhäuser). La Teoría del Error en el Finalismo monista, Postfinalismo y Funcionalismo. La Teoría Limitada o Restringida de la Culpabilidad. (Finalismo Monista, Post-Finalismo y Funcionalismo). (La conciencia potencial de la ilicitud entre el dolo y la culpabilidad). El Juicio de evitabilidad del Error desde una Perspectiva Funcionalista. (Las Tesis del Deber General de Información, El Esfuerzo de Conciencia y la Afectación a Principios Básicos de Ética Social). Finalismo Reductor. (La Dogmática Finalista Reductora del Poder Punitivo como consecuencia de una base Penológica Agnóstica). Derecho procesal penal. Sistema Inquisitivo. Sistema Acusatorio. Sistema Mixto. Los Principios del Derecho Penal que debe proteger e instrumentar un Sistema Garantista. Principio de Legalidad Penal. Principio de Culpabilidad. El Principio de Humanidad de las Penas. El Principio de Utilidad de la intervención penal. El Principio de Subsidiariedad, Mínima intervención y carácter fragmentario del Derecho Penal. El Principio de Proporcionalidad. El Principio de Lesividad. El Principio de intrascendencia o trascendencia mínima. El Principio de Prohibición de Doble Punición. Los principios del Derecho Procesal Penal que debe proteger e instrumentar. Sistema Garantista. Principio de Oficialidad. Principio de Legalidad Procesal. Principio de Oportunidad. Principio Acusatorio. Principio de Inocencia. In dubio pro reo. Onus Probandi. Principio de Defensa en Juicio. Principio de inadmisibilidad de la persecución penal múltiple. (Ne bis in idem). Identidad personal. Identidad objetiva. Identidad de la causa de persecución. Principio de Verdad Material. Juicio Previo (Nulla poena sine iuditio). El principio de publicidad. El principio de oralidad. El principio de inmediación. El principio de identidad física del juzgador. Principio de poder controlar la

función judicial mediante el recurso. Principio de Autonomía de la Víctima. Política criminal. Modelo Autoritario. Modelo Liberal. Modelo Igualitario o Jus–Humanista o Modelo Político Criminal Alternativo. Los Discursos Político Criminales en particular. La Administrativización del Derecho Penal. (El vehículo y la herramienta interdisciplinaria. El Derecho Penal de Emergencia). El Panpenalismo, la expansión del derecho penal o el derecho penal de segunda velocidad. (El Derecho Penal Simbólico como vehículo de la Expansión Punitiva). El Derecho Penal del Enemigo o Derecho Penal de tercera velocidad. El Neopunitivismo o Derecho Penal de Cuarta Velocidad. (El discurso Nihilista del saber penal y la captación contraselectiva del Poder Punitivo). Los paradigmas del derecho penal. La Armonía Metodológica del Derecho Penal. (La interdisciplinariedad de la Penología, la Criminología, la Dogmática, el Derecho Procesal Penal y la Política Criminal). Enumeración y desarrollo de los Paradigmas del Derecho Penal. Autoritarismo Clásico (La religión y el contractualismo como delimitadores del Derecho Penal.). Autoritarismo Positivista (La Filosofía Idealista, la Epistemología del Positivismo Lógico y la creencia ciega en el método científico de las Ciencias Duras, como delimitadores del Derecho Penal.). Autoritarismo Sociológico. (El método científico de las ciencias blandas, sociales, humanas o del espíritu como delimitadoras del Derecho Penal) Autoritarismo Crítico (El Nihilismo Filosófico, la pauperización del discurso punitivo y una Política Criminal declamatoria como delimitadores del Derecho Penal). Liberalismo Sociológico (El método científico de las ciencias blandas o sociales al servicio de la política criminal liberal como delimitadora del Derecho Penal). F) Igualitarismo Jus-Humanista Crítico (La Filosofía Realista, el Falsacionismo, el Consensualismo y el Anarquismo Epistemológico como rectores y delimitadores del Derecho Penal)