987-9382-51-X - SCHIAVO, NICOLÁS

La violencia física en el robo. 2005. Págs. 280.

Prólogo: Gustavo Vitale. Introducción. I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS. Derecho Patrio. Disposiciones del Triunvirato. Los primeros proyectos de legislación penal. Derecho Nacional. El proyecto Tejedor. El proyecto Villegas-Ugarriza-García de 1881. El Código Penal de 1886 (ley 1920). El Proyecto Rivarola, Piñeiro y Matienzo. El Proyecto de 1906. El Proyecto de 1917 –Código Penal de 1921-1922. Proyectos de reformas y decretos ley. Proyecto de reforma de 1937. Proyecto Peco de 1941. El Proyecto de 1951. El proyecto de 1953. El proyecto Soler de 1960. Reforma del Gobierno de Facto de 1968 – Decreto 17.567. El retorno democrático y la ley 20.509. Reforma del Gobierno de facto de 1976, ley 21.338. El retorno democrático y la ley 23.077. Conclusión. II. EVOLUCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA. La intimidación como robo. Causa Díaz Benjamín (20 de Julio de 1923). Causa López y otros (10 de agosto de 1926). Causa Ríos y otros (3 de Mayo de 1927). Causa Antonio García (3 de Septiembre de 1929). Causa Ivanofs o Sapranov y otro (26 de Abril de 1932). Causa Fazzolari Roque Nicolás y otros (11 de Mayo de 1934). Causa Barraza Francisco (25 de Febrero de 1938). Causa Lamas Carlos G. (28 de Abril de 1938). Causa Arce Juan Federico (9 de Marzo de 1945). Causa Posse Pedro y otro (4 de Mayo de 1948). Causa Martín Marino Heberto y otro (22 de Mayo de 1951). Causa Urtiaga Luis y otro (8 de Octubre de 1954). Otros pronunciamientos en el mismo sentido. La intimidación como “extorsión”. Causa Bernardo Junquet (22 de Julio de 1924). Causa Fernández Martín G. y otro (28 de Junio de 1934). Causa Ruiz Pedro Nolasco y otro (26 de Marzo de 1936). Causa Cardozo Arias J. y otro (13 de Julio de 1943). Causa Miranda Omar y otro (29 de Marzo de 1994). Causa Montiel Rosendo Fabián (8 de Setiembre de 2004).- III. LA EVOLUCIÓN DE LA DOCTRINA. La posición amplia del término “violencia física”. Juan P. Ramos: “a pesar de la ley”.- La posición de Peco: “La tradición de la cosa”. Eusebio Gómez. La posición de Soler: “La temporalidad”. El primer Núñez: “La interpretación total”. Carlos Fontán Balestra: “y las fuentes del derecho”. Edgardo Alberto Donna: “La supresión del elemento físico”. Carlos A. Tozzini: “La voluntad coartada” y “lo físico en la víctima”. La posición amplia de otros autores. La posición restrictiva del elemento “violencia física”. Gonzalez Roura. Carlos P. Sagarna. Gerardo Peña Guzmán. Carlos Malagarriga. Carlos Creus. Otros autores que sustentan la tesis restrictiva. IV. LA LEGISLACIÓN COMPARADA. Modelos Latinoamericanos. El modelo Uruguayo. El modelo Chileno. El modelo Boliviano. El modelo Peruano. El modelo Paraguayo. El modelo Colombiano. El modelo Brasileño. Modelos Europeos. Antecedentes. El modelo Francés. El modelo español. V. LA SOLUCIÓN GRAMATICAL. VI. LA INTIMIDACIÓN CON ARMA. La tesis subjetiva. La tesis objetiva. La reforma de la ley 25.882. VII. LA EXTORSIÓN. Los argumentos de la intimidación como violencia y sus respuestas. La imposibilidad de subsumir el hecho bajo el delito de extorsión (la ruptura del complejo). VIII. EL HURTO COACTIVO Y SU CONCURSO. La subsunción del hecho como hurto. La subsunción de los medios como coacción. La naturaleza del concurso – concurrencia ideal del complejo. La coacción como tipo no subsidiario. El concurso ideal. La tentativa. La exclusión del art. 41 bis C.P. del concurso. Jurisprudencia que sigue la tesis amplia. Jurisprudencia que sigue la tesis restrictiva. Cámara Nacional de Casación en lo Penal. Cámara de Casación de la Provincia de Buenos Aires. Otros Tribunales Superiores de Provincia. IX. LA NECESARIA REFORMA LEGAL. APÉNDICE. BIBLIOGRAFÍA.

La violencia fisica en el robo.

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Prólogo: Gustavo Vitale. Introducción. I. ANTECEDENTES HISTÓRICOS. Derecho Patrio. Disposiciones del Triunvirato. Los primeros proyectos de legislación penal. Derecho Nacional. El proyecto Tejedor. El proyecto Villegas-Ugarriza-García de 1881. El Código Penal de 1886 (ley 1920). El Proyecto Rivarola, Piñeiro y Matienzo. El Proyecto de 1906. El Proyecto de 1917 –Código Penal de 1921-1922. Proyectos de reformas y decretos ley. Proyecto de reforma de 1937. Proyecto Peco de 1941. El Proyecto de 1951. El proyecto de 1953. El proyecto Soler de 1960. Reforma del Gobierno de Facto de 1968 – Decreto 17.567. El retorno democrático y la ley 20.509. Reforma del Gobierno de facto de 1976, ley 21.338. El retorno democrático y la ley 23.077. Conclusión. II. EVOLUCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA. La intimidación como robo. Causa Díaz Benjamín (20 de Julio de 1923). Causa López y otros (10 de agosto de 1926). Causa Ríos y otros (3 de Mayo de 1927). Causa Antonio García (3 de Septiembre de 1929). Causa Ivanofs o Sapranov y otro (26 de Abril de 1932). Causa Fazzolari Roque Nicolás y otros (11 de Mayo de 1934). Causa Barraza Francisco (25 de Febrero de 1938). Causa Lamas Carlos G. (28 de Abril de 1938). Causa Arce Juan Federico (9 de Marzo de 1945). Causa Posse Pedro y otro (4 de Mayo de 1948). Causa Martín Marino Heberto y otro (22 de Mayo de 1951). Causa Urtiaga Luis y otro (8 de Octubre de 1954). Otros pronunciamientos en el mismo sentido. La intimidación como “extorsión”. Causa Bernardo Junquet (22 de Julio de 1924). Causa Fernández Martín G. y otro (28 de Junio de 1934). Causa Ruiz Pedro Nolasco y otro (26 de Marzo de 1936). Causa Cardozo Arias J. y otro (13 de Julio de 1943). Causa Miranda Omar y otro (29 de Marzo de 1994). Causa Montiel Rosendo Fabián (8 de Setiembre de 2004).- III. LA EVOLUCIÓN DE LA DOCTRINA. La posición amplia del término “violencia física”. Juan P. Ramos: “a pesar de la ley”.- La posición de Peco: “La tradición de la cosa”. Eusebio Gómez. La posición de Soler: “La temporalidad”. El primer Núñez: “La interpretación total”. Carlos Fontán Balestra: “y las fuentes del derecho”. Edgardo Alberto Donna: “La supresión del elemento físico”. Carlos A. Tozzini: “La voluntad coartada” y “lo físico en la víctima”. La posición amplia de otros autores. La posición restrictiva del elemento “violencia física”. Gonzalez Roura. Carlos P. Sagarna. Gerardo Peña Guzmán. Carlos Malagarriga. Carlos Creus. Otros autores que sustentan la tesis restrictiva. IV. LA LEGISLACIÓN COMPARADA. Modelos Latinoamericanos. El modelo Uruguayo. El modelo Chileno. El modelo Boliviano. El modelo Peruano. El modelo Paraguayo. El modelo Colombiano. El modelo Brasileño. Modelos Europeos. Antecedentes. El modelo Francés. El modelo español. V. LA SOLUCIÓN GRAMATICAL. VI. LA INTIMIDACIÓN CON ARMA. La tesis subjetiva. La tesis objetiva. La reforma de la ley 25.882. VII. LA EXTORSIÓN. Los argumentos de la intimidación como violencia y sus respuestas. La imposibilidad de subsumir el hecho bajo el delito de extorsión (la ruptura del complejo). VIII. EL HURTO COACTIVO Y SU CONCURSO. La subsunción del hecho como hurto. La subsunción de los medios como coacción. La naturaleza del concurso – concurrencia ideal del complejo. La coacción como tipo no subsidiario. El concurso ideal. La tentativa. La exclusión del art. 41 bis C.P. del concurso. Jurisprudencia que sigue la tesis amplia. Jurisprudencia que sigue la tesis restrictiva. Cámara Nacional de Casación en lo Penal. Cámara de Casación de la Provincia de Buenos Aires. Otros Tribunales Superiores de Provincia. IX. LA NECESARIA REFORMA LEGAL. APÉNDICE. BIBLIOGRAFÍA.